El Lunes 29 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial el «AVISO sobre la vigencia de cuotas compensatorias», para los siguientes productos.

PRODUCTOFRACCIÓN ARANCELARIA*PAÍS DE ORIGENÚLTIMO DÍA DE LA VIGENCIAFECHA LÍMITE PARA RECIBIR LA MANIFESTACIÓN DE INTERÉS
Aceros planos recubiertos7210.30.02 7210.41.01 7210.41.99 7210.49.99 7210.61.01 7210.70.02 7212.20.03 7212.30.03 7212.40.04 7225.91.01 7225.92.01 7226.99.99China Taipéi Chino6 de junio de 202228 de abril de 2022
Malla cincada (galvanizada) de alambre de acero en forma hexagonal7314.19.03 7314.19.99 7314.31.01 7314.41.01 7314.49.99China25 de julio de 202217 de junio de 2022
Pierna y muslo de pollo0207.13.04 0207.14.99Estados Unidos7 de agosto de 202230 de junio de 2022
Cable coaxial del tipo RG (Radio Guide o Guía de Radio), con o sin mensajero8544.20.01 8544.20.02 8544.20.99China11 de agosto de 20226 de julio de 2022
Dicloxacilina sódica2941.10.08India18 de agosto de 202213 de julio de 2022
Amoxicilina trihidratada2941.10.12India28 de noviembre de 202219 de octubre de 2022

Los productores nacionales que deseen que se inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria que corresponda. Deberán manifestarlo a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía 25 días hábiles antes del término de la vigencia de la cuota compensatoria.