El jueves 23 de diciembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial la «RESOLUCIÓN Final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de varilla corrugada originarias de la República Federativa de Brasil, independientemente del país de procedencia».

Mediante la misma se concluyó el proceso que inició el 30 de julio de 2020, cuando la Secretaría de Economía publicó en el DOF la «Resolución por la que se declaró el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de varilla corrugada originarias de Brasil, independientemente del país de procedencia».

Agotado todo el procedimiento se estableció lo siguiente:

  1. Se aplica una cuota compensatoria definitiva de 57.69% a las importaciones de varilla corrugada originarias de Brasil, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de la fracción arancelaria 7214.20.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.
  2. La vigencia de la cuota compensatoria definitiva será por cinco años más, contados a partir del 12 de agosto de 2020.
  3. La presente Resolución entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.